DERECHO

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LA BALANZA DE LA JUSTICIA

viernes, 25 de marzo de 2011

La democracia participativa y protagónica como elemento transformador de la ciudadanía





DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y PROTAGONICA



Definimos democracia participativa y protagónica como una nueva forma de

Democracia marcada por la participación libre y activa de la ciudadanía en la formulación, ejecución y control de la gestión pública como mecanismo necesario para lograr el protagonismo que garantice el completo desarrollo, individual y colectivo (Art. 62 Constitución de la República Bolivariana de Venezuela).



La presentación de este Eje de Formación Sociopolítico pretende darles un recorrido por los múltiples caminos, espacios y procesos que nos permiten entender el aporte más significativo del pueblo venezolano para América Latina y quizás para el mundo, la democracia participativa y protagónica, entendida como un proceso de emancipación contra el viejo modelo político de la representatividad.

Para fundamentar este modelo democrático, estaremos propiciando el debate entorno al proceso constituyente, la participación protagónica, sus medios de participación y cómo desde el Método Invedecor y los 10 objetivos estratégicos planteados por el presidente Hugo Chávez Frías, se consolida el encuentro entre el Poder Popular y una nueva institucionalidad que consolide el nuevo Estado y, que impulse el nuevo modelo de desarrollo, en el marco de la Revolución Bolivariana.



1.- DEMOCRACIA REPRESENTATIVA A LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA



La democracia ha sido definida tradicionalmente como gobierno del pueblo.

Sin embargo, la mayoría de los países del mundo han entendido por democracia, lo que se conoce como democracia representativa. En este modelo, la ciudadanía transfieren, a través del voto, su soberanía a unas o unos representantes.

Este modelo ha sido utilizado a lo largo del tiempo para justificar que una

minoría social ejerza el poder sobre la mayoría. Para ello, se valen de un

modelo parlamentario y presidencialista, el cual utiliza el sufragio como vía

para garantizar la representación del pueblo.

En Venezuela desde 1945, con la excepción del periodo correspondiente a la

dictadura de Marcos Pérez Jiménez, se impuso el modelo representativo.

Este modelo se consolida a partir de 1958 y adquiere su expresión formal con la Constitución de la República de Venezuela sancionada en 1961.

El modelo representativo ha sido una bandera de los Estados Unidos de Norteamérica para imponer su hegemonía. En el caso de América Latina, este modelo es respaldado por la Carta Democrática Interamericana de la

Organización de Estados Americanos (OEA). La Carta Democrática Interamericana, ha sido utilizada para amedrentar a aquellos pueblos que intentan desarrollar auto determinada y soberanamente, un nuevo modelo político y económico que atente contra el control que detentan la oligarquía y las transnacionales, tal como sucede hoy en Venezuela.





2.- Proceso constituyente



El proceso constituyente abre espacios de participación.

La propuesta que trajo al país el presidente, comandante Hugo Rafael Chávez Frías, recogía el clamor popular por los cambios profundos que venía exigiendo el pueblo venezolano en las calles. El proceso bolivariano comenzaba con

dificultad debido a las trabas heredadas de la Cuarta República. La Asamblea

Nacional Constituyente, con la que se inicia la consulta popular, apuntaba por

un lado al desmontaje del viejo modelo político y jurídico y, por el otro, a la construcción de un nuevo Estado de justicia y derecho social que contempla hoy la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999.

Esta Constitución puede entenderse como una plataforma programática para la

Construcción de la Venezuela bolivariana. Propone así, la refundación de la

República en el marco de una democracia participativa y protagónica que reivindique el carácter multiétnico y pluricultural de nuestra sociedad. También incorpora la economía social como aporte al nuevo modelo económico. Además, reivindica el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, y finalmente establece que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce de manera directa, como ciudadanas y ciudadanos activos y protagónicos, e indirectamente, mediante el sufragio.

Debemos reconocer que este gobierno ha jugado un papel fundamental en la

Transformación de este país. Pero igualmente, debemos reivindicar los históricos aportes que las iniciativas del pueblo venezolano le han dado a esta revolución, y que se expresan en los movimientos populares, estudiantiles, obreros, campesinos, intelectuales progresistas, indígenas, afroamericanos, de mujeres, militares revolucionarios, religiosos y de otros, que sin foto ni firma han escrito esta historia.

El proceso constituyente no ha culminado. Continúa llevándose a cabo, tal como lo expresan el Presidente y el pueblo organizado, en la propuesta del salto adelante.

La Constitución Bolivariana es un instrumento para esta transformación.

El salto adelante nos obliga a realizar cambios profundos, los cuales pasan por la creación o adecuación de una nueva institucionalidad. Estos cambios exigen la postura de un nuevo ejercicio de ciudadanía, enmarcada en la participación protagónica



3.- Participación protagónica



Es un principio entendido como derecho y deber sociopolítico, que establece una interrelación entre seres humanos para favorecer su desarrollo integral, mediante una actividad y capacidad para intervenir en los asuntos públicos, los cuales están establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Este derecho deber exige que la ciudadanía se involucre permanentemente de manera profunda, amplia y organizada, alrededor de todo lo que por hecho y derecho les pertenece en los órdenes: social, político, cultural, territorial, ético, económico y productivo.

La participación protagónica está orientada a ocupar y consolidar espacios legítimos y formales de intercambio, comunicación y expresión de la ciudadanía con los órganos del Poder Público, para gobernar y compartir responsabilidades, en la gestión pública local. De esta manera “se plantea una redistribución del poder como propiedad colectiva, que pertenece a todas y todos, y que se ejerce a través de las diferentes instancias y mecanismos institucionales y comunitarios”.





Medios de participación protagónica

Sociopolítico

* Elección de cargos públicos

* El Referendo

* La Revolución del Mandato

* La Iniciativa Legislativa Constitucional y Constituyente

* El Cabildo abierto

* La Asamblea de Ciudadanos y ciudadanas

* Consejos de Planificación Pública

* Organizaciones Populares de Base



Socioeconómico

* La Autogestión y Cogestión

* Las cooperativas

* Las Cajas de Ahorro Mutuales

* Las Empresas Comunitarias

* Otras formas Asociativas de Solidaridad y cooperación.



De la participación protagónica a la consolidación del Poder Popular



Más que una invitación a la participación, la consolidación del Poder Popular es un compromiso de construcción. Es un proceso que se nutre de dos vertientes, de dos fuerzas políticas en pleno desarrollo. Por un lado, las luchas y las experiencias organizativas del pueblo y, por el otro, una nueva institucionalidad.

Es necesario entonces, precisar el nexo orgánico entre estas dos fuerzas políticas. El Método Invedecor nos sugiere un camino para desarrollar este nexo. Invedecor es una estrategia metodológica que permite la articulación y la

integración de cuatro procesos: investigación, educación, comunicación y organización que se alinean para afectar y transformar formas de dominación impuestas por el capital.

La organización, uno de los procesos de Invedecor, forma parte de los objetivos estratégicos planteados por el presidente Hugo Chávez para el salto

adelante.

Las expresiones del Poder Popular y la nueva institucionalidad, son espacios

que deben desarrollarse bajo los preceptos de una nueva cultura política que

sea el marco para el ejercicio de la democracia participativa y protagónica.

Estos preceptos son:

Delegación Funcional

Rotación de Cargos

Libre Juego de Tendencias

Revocatoria del Mandato

Rendición de Cuentas

Democratización del Saber

Elección Directa de Cargos

Estos preceptos de la democracia participativa y protagónica deben ejercerse

desde el Poder Popular constituyente para cristalizar en una nueva institucionalidad, la cual deberá construirse en un proceso de desburocratización, democratización de sus procesos y recursos, achatamiento de las estructuras y humanización de su propio desarrollo.

El pueblo venezolano debe asumir que sólo se consolida el Poder Popular en

la apropiación de los...“espacios legítimos y formales de intercambio, comunicación y expresión de la ciudadanía con los órganos del Poder Público,

para gobernar y compartir responsabilidades en la gestión pública local. De esta manera, se plantea una redistribución del poder como propiedad colectiva,

que pertenece a todas y todos y que se ejerce a través de las diferentes instancias y mecanismos institucionales y comunitarios”.

Nos apoyamos en las palabras del sociólogo Iván Cañas, para decir que pueblo y gobierno avanzan hacia un Estado de justicia y derecho social, desmontando la hegemonía o la capacidad de dominación de los sectores minoritarios, capitalistas y dominantes, por una nueva hegemonía del Poder Popular y una nueva institucionalidad democrática de todos y todas.



4.- EL SALTO ADELANTE Y LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA



* La nueva estructura social

La nueva ciudadanía, debe sentirse capaz de participar y ser protagonista en

la construcción de la nueva estructura social. Este planteamiento pretende sistematizar el camino que han recorrido las organizaciones populares, en la

lucha por sus reivindicaciones sociales, políticas y humanas.

En este momento histórico, la nueva institucionalidad debe reconocer las experiencias del movimiento popular, fortalecerlas y propiciarlas para la construcción del nuevo Estado. Esto pasa por asumir en colectivo un proceso de formación permanente donde nadie enseña a nadie, donde nos reconocemos y aprendemos juntas y juntos que el interés colectivo, en su acción político-social, se construye en un ejercicio de corresponsabilidad entre el Estado y la sociedad en su conjunto.

Como dice el presidente Chávez, la nueva estructura social debe garantizar la universalización de los derechos sociales, combatiendo la inequidad social, disminuyendo las brechas socio-económicas de riqueza, ingreso, calidad de vida, reconociendo y valorando las historias, culturas y conocimientos tradicionales y autóctonos que apunten a la emancipación.



* Nuevo modelo democrático

El modelo democrático que queremos construir en Venezuela no es un proyecto cabado. Una de sus principales características es su reconocimiento, como aporte constituyente, de todo el proceso de producción de nuevos conocimientos por el pueblo venezolano.

La Constitución de 1999 recoge y expresa los elementos característicos de

este nuevo modelo. En este sentido, establece el marco de una sociedad

democrática, participativa, protagónica, multiétnica y pluricultural en un

estado social de justicia y derecho donde toda la ciudadanía está comprometida en la construcción del nuevo Estado.



* Nueva institucionalidad

El presidente Chávez reiteradamente hace enérgicos llamados a luchar contra la corrupción y el burocratismo. Se trata de desmontar las concepciones, estructuras y procedimientos de la heredada cultura burocrática puntofijista, aún presente en algunas instancias.

El nuevo Estado de justicia y de derecho social le brinda a cada ciudadano y ciudadana, elementos legales y bases constitucionales para la participación protagónica en la construcción de una nueva y revolucionaria institucionalidad, capaz de responder al momento histórico y al nuevo modelo de desarrollo que demanda eficacia, pertinencia, congruencia, eficiencia y compromiso ético en el funcionamiento de la administración pública, permitiendo así la consolidación del nuevo Estado.



LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA EN EL NUEVO MODELO ECONÓMICO



Siguiendo los principios constitucionales que reivindican los valores de solidaridad, cooperación y corresponsabilidad, el nuevo modelo económico que debemos impulsar, se fundamenta en la promoción y construcción de todas las formas asociativas, cooperativas, mutuales, de cogestión, autogestión, soportadas en la propiedad social sobre los medios de producción.

La Revolución Bolivariana ha entrado en una nueva etapa, profundizando el cambio estructural, al promover la transformación de las relaciones de producción en la perspectiva del desarrollo endógeno. Esto permite la participación protagónica, no sólo en lo político, sino también en lo social y lo económico. Los Núcleos de Desarrollo Endógeno, impulsados por la Misión Vuelvan Caras, son algunas de las expresiones de este nuevo modelo, donde se conjugan lo técnico-productivo con lo socio-político, superando así, la división social del trabajo.

5.- Contraloría social

La contraloría social es la máxima expresión de la democracia participativa. Por medio de ella, las comunidades ejercen acciones de control, vigilancia y evaluación para lograr el cumplimiento de los objetivos de los programas sociales, fomentando así, la responsabilidad ciudadana en la construcción del poder político, y evitando que los recursos se desvíen hacia intereses ajenos a los del pueblo.



Es la organización de la ciudadanía, para el ejercicio de la participación ciudadana en el control del gobierno local y la gestión pública municipal; es una modalidad de asociación vecinal o comunitaria, para coadyuvar en el ejercicio del control sobre la actividad de los servidores y los particulares que cumplen funciones públicas.



ARTICULOS RELACIONADOS con la contraloría social en nuestra carta magna Constitución de la República Bolivariana de Venezuela



Artículo 2:

Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.



Artículo 5:

La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.



Artículo 62:

Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica.



Artículo 66:

Los electores y electoras tienen derecho a que sus representantes rindan cuentas públicas, transparentes y periódicas sobre su gestión, de acuerdo con el programa presentado.



Artículo 184:

La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos, promoviendo: La transferencia de servicios en materia de salud, educación, vivienda, deporte, cultura, programas sociales, ambiente, mantenimiento de áreas industriales, mantenimiento y conservación de áreas urbanas, prevención y protección vecinal, construcción de obras y prestación de servicios públicos. A tal efecto, podrán establecer convenios cuyos contenidos estarán orientados por los principios de interdependencia, coordinación, cooperación y corresponsabilidad. La participación de las comunidades y de ciudadanos o ciudadanas, a través de las asociaciones vecinales y organizaciones no gubernamentales, en la formulación de propuestas de inversión ante las autoridades estadales y municipales encargadas de la elaboración de los respectivos planes de inversión, así como en la ejecución, evaluación y control de obras, programas sociales y servicios públicos en su jurisdicción. La participación en los procesos económicos estimulando las expresiones de la economía social, tales como cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas. La participación de los trabajadores o trabajadoras y comunidades en la gestión de las empresas públicas mediante mecanismos autogestionarios y cogestionarios. La creación de organizaciones, cooperativas y empresas comunales de servicios, como fuentes generadoras de empleo y de bienestar social, propendiendo a su permanencia mediante el diseño de políticas en las cuales aquellas tengan participación. La creación de nuevos sujetos de descentralización a nivel de las parroquias, las comunidades, los barrios y las vecindades a los fines de garantizar el principio de la corresponsabilidad en la gestión pública de los gobiernos locales y estadales y desarrollar procesos autogestionarios y cogestionarios en la administración y control de los servicios públicos estadales y municipales. La participación de las comunidades en actividades de acercamiento a los establecimientos penales y de vinculación de éstos con la población.

A.- FINALIDAD DE LA CONTRALORIA SOCIAL:

La finalidad de la Contraloría Social, es la participación o intervención de los ciudadanos en la vigilancia, seguimiento y monitoreo de la gestión publica, a fim de que se verifiquen los principios de transferencia, eficiencia, eficacia, equidad, de manera que se prevenga la comisión de actos de corrupción, permitiendo a la sociedad civil generar un proceso de control a la gestión publica, es decir a lo que nos pertenece, lo que es de todos y por lo tanto nos involucra a todos. Esta acción de control, vigilancia y supervisión de las obras servicios y programas sociales, se ejecuta a través de los órganos de administración pública, específicamente en las aéreas de competencias del municipio. Esto viene a contribuir un nuevo modelo de Derechos y compromisos ciudadano con el propósito de contribuir con una gestión gubernamental exitosa.

B.- ELEMENTOS QUE INTEGRAN ESTA VISION CONTRALORA:

La conformación de la Unidad de Contraloría Social, se encuentra enmarcada en el articulo 33 de la ley Orgánica de los Consejos Comunales donde establece: “La Unidad de Contraloría Social es la instancia del consejo comunal para realizar la evaluación de la gestión comunitaria y la vigilancia de las actividades, recursos y administración de los fondos del consejo comunal. Estará integrada por cinco habitantes de la comunidad, electos o electas, a través de un proceso de elección popular.

Esta unidad realizará sus funciones sin menoscabo del control social que ejerza la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas y otras organizaciones comunitarias, de conformidad con el ordenamiento jurídico”.

Para elegir a los miembros, se realizaran en la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas por votación libre universal directa y secreta por el sistema de votación uninominal. El Numero puede varias entre tres (3) a 5 o siete personas presentes en la asamblea y será de acuerdo a la población y los problemas sociales que confo9ntsan la comunidad en cuestión.



C.-OBJETIVOS DE LA CONTRALORIA SOCIAL:



Entre los objetivos de la contraloría social podemos enumerar:



1. Promover la participación ciudadana en función de una justicia social.

2. Programar la participación social.

3. Contribuir con el cumplimiento de las leyes y procedimientos con la ejecución de las obras, servicios, programas y proyectos financiados con fondos públicos.

4. Promover los líderes comunitarios.

5. Incentivar la confianza de la comunidad en cuanto a la vigilancia sobre los recursos destinados a satisfacer las necesidades colectivas.

6. Detectar a tiempo irregularidades, desviaciones de los recursos destinados a obras, servicios, programas y proyectos y poder dar sugerencias de soluciones.



INDICE:



INTRODUCCION

INDICE

CONTENIDO

DEMOCRACIA PARTICIPATIVA Y PROTAGONICA

1.- DEMOCRACIA REPRESENTATIVA A LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA

2.- PROCESO CONSTITUYENTE

3.- PARTICIPACION PROTAGONICA

4.- EL SALTO ADELANTE Y LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA

CONCLUSION

BIBLIOGRAFIA



CONCLUSION



La constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su articulo 5 establece: que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, pero este mandato supone una disposición del ciudadano o de la ciudadanía para involucrarse en acciones y decisiones que le permitan consolidar espacios legítimos y formales de intercambio, comunicación y expresión de la sociedad con los órganos del Poder Publico, para gobernar y compartir responsabilidades en la legislación publica, dando como resultado una interrelacion entre seres humanos para favorecer su desarrollo integral, mediante una actividad y capacidad para intervenir en los asuntos públicos.

La participación protagónica esta orientada a ocupar y consolidad espacios legítimos y formales de intercambio, comunicación y expresión de la ciudadanía con los órganos de Poder Publico, para gobernar y compartir responsabilidades, en la gestión publica local. De esta manera se plantea una participación del poder como propiedad colectiva, que pertenece a todos y a todas que se ejerce a través de las diferentes instancias y mecanismos institucionales y comunitarios.



INTRODUCCION



El modelo representativo ha sido una bandera de los Estados Unidos de Norteamérica para imponer su hegemonía. En el caso de América Latina, este modelo es respaldado por la carta Democrática Interamericana de la Organización de Estados Americanos (OEA). La carta Democrática Interamericana, ha sido utilizada para amedrentar a aquellos pueblos que intentan desarrollar auto determinada y soberanamente un nuevo modelo político y económico que atente contra el control que detenta la oligarquía y las transnacionales, tal como sucede hoy en Venezuela.

En el proceso constituyente, desarrollado en Venezuela desde 1998, ha replanteado en el mundo un debate sobre otro modelo de democracia: La democracia participativa y protagónica. Este modelo es el eje fundamental de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela promulgada en 1999.-



BIBLIOGRAFIA



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ENCICLOPEDIAS VIRTUALES:

1. WILKIPEDIA

2. MONOGRAFIAS.COM

3. ELRINCONDELVAGO.

4. WWW.RAE.ES

 
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